Núm. 12 (2005)
Artículos

La atribución al estado de responsabilidad internacional por los hechos ilícitos de los particulares e intentos de flexibiliazación

Publicado agosto 23, 2016
Cómo citar
Moreno Fernández, A. G. (2016). La atribución al estado de responsabilidad internacional por los hechos ilícitos de los particulares e intentos de flexibiliazación. Revista Jurídica Universidad Autónoma De Madrid, (12). Recuperado a partir de https://revistas.uam.es/revistajuridica/article/view/6165

Resumen

SUMARIO: I. ATRIBUCIÓN DE RESPONSABILIDAD AL ESTADO POR SU COMPORTAMIENTO A CONSECUENCIA DE HECHOS ILÍCITOS DE PARTICULARES. 1. Atribución de responsabilidad al Estado por no actuar con la "debida diligencia". 2. Atribución de responsabilidad al Estado por el comportamiento que él reconoce y adopta como propio, II. ATRIBUCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR EL COMPORTAMIENTO DE PARTICULARES QUE ACTÚAN POR CUENTA DEL ESTADO: 1. Atribución de responsabilidad al Estado por los hechos de las autoridades realizados "por necesidad". 2. Atribución de responsabilidad al Estado por los hechos de los agentes "defacto", III. INTENTOS DE FLEXIBILIZACIÓN: 1. Intentos de flexibilización jurisprudencial: Del control efectivo al control general. 2. Intentos de flexibilización en la práctica no jurisprudencial: Atribución de responsabilidad por el apoyo, patrocinio o amenaza.

La pauta fundamental de la existencia de la Comunidad Internacional, sigue siendo, hoy día, los Estados soberanos. Las relaciones entre éstos presentan muchos momentos de tensión, controversia y rupturas.

La mayor o la menor institucionalidad y reglamentación internacionales para resolver esas zonas de conflictos en las relaciones entre los Estados, puede tomarse como un indicativo fundamental para valorar el grado de solidez y desarrollo de la comunidad internacional.

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