Núm. 34 (2016)
Premio Jóvenes Investigadores

Las devoluciones "en caliente": ¿una respuesta deshumanizada?

Publicado mayo 9, 2017
Cómo citar
Carbó Xalabarder, C., & Sanz Vilar, E. (2017). Las devoluciones "en caliente": ¿una respuesta deshumanizada?. Revista Jurídica Universidad Autónoma De Madrid, (34). Recuperado a partir de https://revistas.uam.es/revistajuridica/article/view/7743

Resumen

En los últimos años ha habido un aumento considerable de los flujos de inmigración y de las oleadas de refugiados en busca de asilo en Europa. Frente a esta situación, los Estados miembros de la Unión Europea han llevado a cabo una serie de medidas que han dado lugar a tratos deshumanizantes. Es decir, los mecanismos implementados, concretamente los jurídicos, han conllevado al trato deshumano de las personas que llegan al Estado. Para ser capaces de respetar los derechos fundamentales de todas las personas y en especial de los inmigrantes que intentan entrar en Europa, también hay que considerar los principios de Derecho internacional. Entre estos principios se encuentra el principio consuetudinario de no devolución, que debe respetarse tanto en alta mar como en las fronteras territoriales, tal y como dice el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Este principio debe respetarse en todo caso y no se puede permitir que los Estados legislen para intentar "legalizar" este tipo de prácticas.

Abstract

Recently, the immigration flow and the waves of refugees have increased due to the fact that they are seeking asylum in Europe. Before this situation, member states of the European Union have taken some measures that have lead to dehumanized treatments. The mechanisms implemented, specifically the juridical ones, have lead to this treatments when the immigrants reach the State. In order to be able to respect everyone's Human Rights and especially those of the immigrants that try to reach Europe international principles have to be taken into account. Among these principles we can find the customary principle of non-refoulement that has to be followed, as the European Human Rights Courts states, not only in open sea but also in territorial borders. This principle has to be respected in all cases, and trying to legislate to legalise this type of practises is not permitted to the member states.

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Citas

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