Resumen
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN. II. EL DERECHO PENAL EN SENTIDO ESTRICTO O PROPIO COMO UN ORDENAMIENTO DE CULPABILIDAD Y PENAS. III. EL DERECHO PENAL EN SENTIDO AMPLIO O IMPROPIO. LA RESPONSABILIDAD PENAL Y LAS CONSECUENCIAS PENALES DISTINTAS A LA PENA. 1. Las consecuencias accesorias (comiso y consecuencias específicas para empresas y personas jurídicas). 2. Las medidas de seguridad postdelictivas para inimputables peligrosos. 3. Especial referencia al nuevo Derecho Penal de menores de edad. 4. Fundamentación de la distinción entre Derecho Penal en sentido estricto o propio (culpabilidad) y Derecho Penal en sentido amplio o impropio (responsabilidad). IV. CONSECUENCIAS QUE NO PERTENECEN AL DERECHO PENAL. 1. La responsabilidad civil. 2. Otras medidas preventivas. 2.1. Medidas preventivas predelictivas. 2.2. ¿Existe un «Derecho penal del enemigo» en el Derecho Penal español? 2.3. Conclusión. V. ¿SE DEBE PROMOCIONAR UN «DERECHO PENAL DE DOS VELOCIDADES»? VI. REFLEXIONES FINALES.
I. INTRODUCCIÓN
Cuando se intenta definir qué es el Derecho Penal desde la perspectiva del ordenamiento vigente no se suele poder ir más allá de conceptos formales y definiciones tautológicas del siguiente tenor: Se trata del sector del ordenamiento jurídico o el conjunto de normas jurídicas que define delitos y faltas y prevé o asocia como consecuencia de la comisión de dichos delitos o faltas la imposición de penas y otras consecuencias penales o se trata del sector del ordenamiento jurídico que contiene las reglas jurídicas relativas a las infracciones penales y sus correspondientes consecuencias jurídicas.