Resumen
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN: "EL AMIANTO PERJUDICA SERIAMENTE LA SALUD". II. APLICACIÓN DEL ACUERDO OTC O DEL GATT: ¿QUÉ ES UN REGLAMENTO TÉCNICO? III. LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO III DEL GATT DE 1994 Y EL TEST DE "PRODUCTO SIMILAR": PULSO ENTRE EL MERCADO Y LA SALUD. 1. Exclusión del artículo XI del GATT. 2. Análisis de la similitud. IV. LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO XX DEL GATT DE 1994 - PRIMERA DECISIÓN POSITIVA. 1. Requisitos del apartado b). 2. El chapean del artículo XX. V. CONCLUSIONES: PERSPECTIVAS PARA UN FUTURO SALUDABLE.
I. INTRODUCCIÓN: "EL AMIANTO PERJUDICA SERIAMENTE LA SALUD"
El 18 de septiembre de 2000 se hizo público el informe dictado por el Grupo Especial en el asunto CE-Medidas que afectan al Amianto y productos que contienen Amianto. Éste fue más tarde apelado ante el Órgano de Apelación de la Organización Mundial del Comercio (en adelante OMC), que a su vez emitió un informe el 12 de marzo de 2001, seis meses más tarde. Con este pronunciamiento se ha dado a conocer en el mundo del comercio lo que ya era sabido por la sociedad europea, que el amianto perjudica seriamente la salud.