Resumen
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.- II. EL DELITO.- 1. Seguridad, principio de legalidad, tipicidad.- 2. Libertad, principio de proporcionalidad, antijuridicidad.- 3. Dignidad humana, principio de culpabilidad, culpabilidad.- III. LA PENA.- IV. LA MEDIDA DE SEGURIDAD.
I. INTRODUCCIÓN
1. Ni la Constitución establece normas penales ni en consecuencia el Tribunal Constitucional tiene función alguna de interpretación penal. Constituye sin embargo un sensato lugar común de la reflexión jurídica el de la decisiva influencia de la Constitución sobre el Derecho penal. No ya sólo porque aquélla sea la Norma Suprema del ordenamiento y porque tenga como una de sus funciones esenciales la del establecimiento de los valores y principios del entero sistema, sino también, de modo específico, por la cercanía del objeto del Derecho penal con buena parte de los contenidos constitucionales. En la medida en que la Constitución establece las pautas esenciales de convivencia y en la medida en que el Código Penal define los atentados más graves a la misma es en la que se ha podido decir que el Código Penal es una Constitución en negativo y que cada Constitución nace con un Código Penal debajo del brazo.