Los derechos fundamentales de los poderes públicos: de la legitimación en el proceso a la limitación en el poder
Resumen
SUMARIO: I. EL SINALAGMA REFLEXIVO. II. PRIMERA REDUCCIÓN DEL PROBLEMA: EN QUÉ MOMENTO SE PLANTEA SI LOS ENTES PÚBLICOS SON TITULARES DE DERECHOS FUNDAMENTALES. III. SEGUNDA REDUCCIÓN: LOS PODERES EXORBITANTES DE LOS PODERES PÚBLICOS. IV. EL CARÁCTER REVISOR DE LA JURISDICCIÓN ADMINISTRATIVA. V. LA FUNCIÓN DEL RECURSO DE AMPARO: LA RESERVA DE DERECHO FUNDAMENTAL. VI. LA NATURALEZA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES: UNA NUEVA RESTRICCIÓN. VII. LA TITULARIDAD DE DERECHOS FUNDAMENTALES DENTRO DEL PROCESO JUDICIAL. VIII. CONCLUSIÓN
I. EL SINALAGMA REFLEXIVO
El atributo de "fundamentales" que se predica de determinados derechos es sugerente: evoca un carácter básico, primario, que serviría de apoyatura al ordenamiento jurídico a modo de cimiento. Esta impresión se confirma con la presencia de los derechos fundamentales entre los rasgos esenciales de muchas de las instituciones constitucionales: la potestad legislativa, el Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo... y se reafirma con las múltiples especialidades que los rodean, como la reserva de ley orgánica o su enumeración en el primer Título de la Norma Fundamental.