El dominio público como institución jurídica: configuración histórica y significado actual en el derecho público español
Resumen
SUMARIO: I. EL DOMINIO PÚBLICO EN LA LEGISLACIÓN ADMINISTRATIVA DEL SIGLO XIX: 1. Ley de Propiedad Literaria de 1847. 2. «Baldíos» como dominio público. 3. Carreteras y ferrocarriles. 4. Legislación hipotecaria. 5. La Ley de Aguas de 1866. 6. La Legislación de Minas de 1868. 7. La Ley General de Obras Públicas de 1877.- II. EL PRECIPITADO FINAL DEL ART. 339 DEL CÓDIGO CIVIL.- III. LA LEY DE PATRIMONIO DEL ESTADO DE 1964.- IV. LA LEY DE PATRIMONIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE 2003.- V. RECAPITULACIÓN: EL DOMINIO PÚBLICO ES UN «GENUS» CON VARIAS ESPECIES.- VI. LOS RIESGOS DE LA PATRIMONIALIZACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO.- VIL SIGNIFICADO DEL DOMINIO PÚBLICO SEGÚN LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL
I. EL DOMINIO PÚBLICO EN LA LEGISLACIÓN ADMINISTRATIVA DEL SIGLO XLX
1. Ley de Propiedad Literaria de 1847
La expresión «dominio público», de origen francés, se recibe en España hacia la mitad del siglo XLX. La primera Ley en que se encuentra parece ser la de Propiedad Literaria, de 10 de junio de 1847, cuyo art. 14 establecía que: «cuando fenezca el término que concede esta Ley a los autores o editores o a sus herederos o derechohabientes, o no conste el dueño o propietario de una obra, entrará ésta en el dominio público». Es evidente que aquí dominio público quiere decir que el bien pertenece a todos en general y a nadie en particular, ya que cualquiera puede hacer uso de él.