El argumento analógico en la resolución de los conflictos derivados de la ruptura inter vivos de la pareja de hecho. Comentarios a la STS de 19 de octubre de 2006
Resumen
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN; II. LAS PAREJAS DE HECHO OBJETO DE RECONOCIMIENTO DE EFECTOS JURÍDICOS: 1. Aspectos constitucionales; 2. Legislación vigente; III. LA JURISPRUDENCIA SOBRE LAS CONSECUENCIAS ECONÓMICAS DERIVADAS DE LA RUPTURA INTER VIVOS DE LA PAREJA DE HECHO: ANÁLISIS DEL ARGUMENTO ANALÓGICO; IV. VALORACIÓN FINAL.
I. INTRODUCCIÓN
En los últimos años estamos asistiendo a un cambio vertiginoso del Derecho de familia, que ha afectado, sobre todo, a la regulación de la institución del matrimonio en aspectos tan esenciales como los sujetos que pueden contraerlo o la disolución del vínculo que se genera entre los que lo contraen. También forman parte indiscutible de este cambio las parejas de hecho, que se consolidan como una realidad social y jurídica relevante. Prueba de ello, desde un punto de vista legislativo, es que, en la actualidad, sólo cuatro Comunidades Autónomas carecen de una regulación específica en esta materia (Castilla-León, Castilla-La Mancha, La Rioja, Murcia y las Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla).