Revista Iberoamericana de Argumentación
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<p><img src="https://revistas.uam.es/public/site/images/polmos/logoRIAtodo1.png" alt="" width="470" height="45" /></p> <p>La Revista Iberoamericana de Argumentación (RIA), ISSN 2172-8801, es una publicación de carácter bianual y acceso abierto cuyo propósito es dar a conocer los desarrollos y resultados de la investigación en el campo de los estudios sobre Argumentación. RIA publicará trabajos, ensayos y colaboraciones sobre temas correspondientes a las áreas de la Pragmática y el Análisis del Discurso, la Filosofía del Lenguaje, la Lógica, la Teoría de la Argumentación, el Pensamiento Crítico, la Retórica y el Discurso Público, rigiéndose por los estándares actuales de rigor, calidad y excelencia académica, incluido el sistema de doble arbitraje anónimo. Las lenguas distintivas de la Revista son el español y el portugués, pero también se admitirán contribuciones en cualquier otra lengua de la comunidad académica.</p> <p>Animamos a todos los interesados, en particular a los colegas iberoamericanos de las dos orillas, a confluir y colaborar en la Revista, enviándonos artículos, notas, ediciones de textos clásicos y recensiones, para lo cual deberán seguirse las instrucciones contenidas en el siguiente enlace de <a href="https://revistas.uam.es/index.php/ria/about/submissions#onlineSubmissions">Instrucciones para autores</a>.</p> <p>La RIA gestionará todos los envíos conforme a su <a href="https://revistas.uam.es/index.php/ria/about/editorialPolicies#custom-0">Guía de buenas prácticas</a>, que describe las responsabilidades de editores, autores y evaluadores yespecifica las directrices para la resolución de conflictos editoriales de cualquier naturaleza.</p> <p> </p>Universidad Autónoma de Madrides-ESRevista Iberoamericana de Argumentación2172-8801<p>Los autores que publican en esta revista están de acuerdo con los siguientes términos:</p><ol type="a"><li>Los autores conservan los derechos de autor y garantizan a la revista el derecho de ser la primera publicación del trabajo. Se permite el uso, copia y distribución de este artículo si se hace de manera literal y completa (incluidas las referencias a la <em>Revista Iberoamericana de Argumentación</em>), sin fines comerciales y se respeta al autor adjuntando esta nota. El texto completo de esta licencia está disponible en <a href="https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/legalcode#languages">Creative Commons Attribution License</a>.</li><li>Los autores pueden establecer por separado acuerdos adicionales para la distribución no exclusiva de la versión de la obra publicada en la revista (por ejemplo, situarlo en un repositorio institucional o publicarlo en un libro), con un reconocimiento de su publicación inicial en esta revista.</li><li>Se permite y se anima a los autores a difundir sus trabajos electrónicamente (por ejemplo, en repositorios institucionales o en su propio sitio web) antes y durante el proceso de envío, ya que puede dar lugar a intercambios productivos, así como a una citación más temprana y mayor de los trabajos publicados (Véase <a href="http://opcit.eprints.org/oacitation-biblio.html" target="_new">The Effect of Open Access</a>) (en inglés).</li></ol><p> </p>Presentación: Epistemología y filosofía de la argumentación
https://revistas.uam.es/ria/article/view/19474
<p>A continuación se presenta el cuarto y último monográfico dedicado al <em>II Congreso Iberoamericano de Argumentación</em>. El título es “Epistemología y filosofía de la argumentación” y está compuesto de catorce artículos. A efectos de hacer más clara la presentación, y sin ánimos de sistematicidad, los trabajos se han distribuido en tres grupos: los que abordan cuestiones relacionadas con la filosofía de la argumentación, los que utilizan conceptos de otras áreas para abordar problemas de teoría de la argumentación, y los que adoptan aproximaciones abstractas o formales hacia el estudio de las prácticas argumentativas.</p>José Alhambra
Derechos de autor 2024 Revista Iberoamericana de Argumentación
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2024-06-202024-06-20Monográfico 418Inferencismo y razonismo en pocas palabras
https://revistas.uam.es/ria/article/view/19475
<p>La lógica se centra en la relación que hace que unas consideraciones apoyen una posición sobre un asunto. Esa relación puede explicarse en términos de inferencias o en términos de razones. En consecuencia, en teoría de la argumentación existen dos grandes paradigmas de la lógica, que denomino ‘inferencismo’ y ‘razonismo’. Para el inferencismo, ‘P apoya C’ significa la conclusión C puede inferirse de P, y la lógica estudia las condiciones de validez de los distintos tipos de inferencias, mientras que para el razonismo, significa P favorece la conclusión C, y la lógica estudia la construcción dialógica de las razones. Así, el inferencismo ve una argumentación como una cadena de inferencias, mientras que el razonismo la ve como una red de consideraciones. Mostraré, analizando dos fragmentos, que la concepción inferencista de las argumentaciones es errónea.</p>Huberto Marraud
Derechos de autor 2024 Revista Iberoamericana de Argumentación
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2024-06-202024-06-20Monográfico 491910.15366/ria2024.m4.001Propuestas para caracterizar la noción de razonamiento convincente
https://revistas.uam.es/ria/article/view/19477
<p>Investigamos los rasgos que establecen si un razonamiento es o no un <em>buen</em> razonamiento. Los buenos razonamientos (en el sentido relevante) son los razonamientos <em>convincentes</em> [<em>cogent</em>], según una interpretación muy amplia de este concepto. El análisis apropiado requiere identificar un determinado fin o propósito del razonamiento: fomentar racionalmente en su destinatario la creencia en la conclusión. También se requiere que el procedimiento sea racional, conforme a criterios cercanos a la idea de procedimiento <em>griceano</em>. Según nuestra definición, que un razonamiento sea convincente es un rasgo extrínseco del razonamiento, relativo al sistema de creencias del destinatario. Pero el relativismo resultante no resulta implausible. Además, este enfoque permite caracterizar una cierta noción de razonamiento convincente de forma absoluta, no relativa; dicha caracterización invocaría la calidad epistémica del sistema de creencias del destinatario del razonamiento. Se ilustra el debate examinando la <em>prueba</em> de Moore de la existencia del mundo externo.</p>Manuel Pérez Otero
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2024-06-202024-06-20Monográfico 4203210.15366/ria2024.m4.002La experiencia de encontrar un argumento y el concepto de argumento
https://revistas.uam.es/ria/article/view/19478
<p>En este texto arguyo a favor de la conveniencia de una redefinición no intencional de argumento. Para ello, considero algunos tipos de situaciones en las que el concepto intencional de argumento no se aplica, atiendo a las razones por las que no se aplica, ofrezco algunos ejemplos de esos casos y anticipo algunas objeciones posibles</p>Júlder A. Gómez
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2024-06-202024-06-20Monográfico 4334410.15366/ria2024.m4.003El rol del interlocutor al evaluar la suficiencia de un argumento
https://revistas.uam.es/ria/article/view/19479
<p>Las perspectivas retóricas y dialécticas de la argumentación coinciden en definir una argumentación suficiente como aquella que se hace cargo de las críticas planteadas por un interlocutor a la inferencia del argumento. No obstante, divergen al definir quién debiera ser ese interlocutor. En este artículo me propongo abordar este problema de ambigüedad referencial. Para ello analizo críticamente, primero, las definiciones propuestas en la literatura para el concepto de “interlocutor”, y luego de optar por la definición “inmanentista” o “pragmática” defendida por autores como Hamblin y van Rees, intento hacerme cargo de los desafíos prácticos que surgen al aplicar una definición de este tipo. En particular, me interesa responder a la pregunta: desde una perspectiva inmanentista, ¿cabe algún rol a un observador externo interesado o potencialmente afectado por el resultado de la discusión en la evaluación de la suficiencia de un argumento?</p>Constanza Ihnen Jory
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2024-06-202024-06-20Monográfico 4455610.15366/ria2024.m4.004Las razones para argumentar bien de Luis Vega
https://revistas.uam.es/ria/article/view/19480
<p>En su <em>Introducción a la teoría de la argumentación</em>, Luis Vega presentó tres razones para, puestos a argumentar, hacerlo bien. Se trata de las que aquí he llamado razón kantiana, razón comunitaria y razón macintyreana. Cada una de ellas se enfoca en un aspecto diferente de la realidad argumentativa: la razón kantiana, en las condiciones mínimas de entendimiento; la razón comunitaria, en la influencia mutua entre el ámbito público del discurso y los argumentadores individuales; y la razón macintyreana, en los frutos resultantes de la buena argumentación. Trataré de mostrar que, aunque ninguna de estas razones puede fundamentar la normatividad argumentativa, la razón macintyreana, interpretada de manera que se refiere a los bienes internos de la práctica argumentativa, ofrece una mejor comprensión de los fundamentos de la buena argumentación.</p>José Ángel Gascón
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2024-06-202024-06-20Monográfico 4576910.15366/ria2024.m4.005De la Historia de la lógica a la Teoría de la argumentación
https://revistas.uam.es/ria/article/view/19481
<p>En esta contribución, se revisa la trayectoria intelectual de Luis Vega Reñón (1943-2022) desde sus trabajos como historiador de la lógica, plasmados en sus monografías <em>La trama de la demostración </em>(1990) y <em>Artes de la razón</em> (1999), hasta que ya en el s. XXI el replanteamiento de sus intereses le llevaría a ser un auténtico teórico de la argumentación, mostrando la coherencia de dicho tránsito. Frente al modo en el que muchos historiadores de la lógica plantean una suerte de progresivo <em>descubrimiento</em>, como si de una <em>clase natural</em> se tratara, del concepto de “validez formal”, Luis Vega, de manera más desprejuiciada, se mostró dispuesto a desvelar en su propio contexto y con la carga y operatividad que sus propios proponentes les atribuyeran, el modo en el que los diversos filósofos y pensadores habían conceptualizado las tareas y paradigmas atribuidos a la lógica, lo que enlaza naturalmente con los intereses de la teoría de la argumentación.</p>Paula Olmos
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2024-06-202024-06-20Monográfico 4708010.15366/ria2024.m4.006Seis Tesis sobre Lógica Viva
https://revistas.uam.es/ria/article/view/19482
<h4 style="text-align: justify; tab-stops: 0cm;"><span lang="ES-TRAD" style="font-size: 10.0pt; font-family: 'Arial',sans-serif; font-weight: normal;">Una <em>interpretación</em> de una obra filosófica procura identificar su significado; un <em>desarrollo</em> busca, sin abandonar el núcleo valioso de esta, superar las limitaciones detectadas. Hace algunos años propuse una línea de desarrollo del pensamiento lógico del filósofo uruguayo Carlos Vaz Ferreira; tal línea asumía una interpretación, pero, como era esperable, estimuló por su parte interrogantes interpretativas novedosas. Las seis tesis siguientes resumen entonces la <em>interpretación</em> de <em>Lógica viva</em> resultante de tal proceso. </span></h4>José Seoane
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2024-06-202024-06-20Monográfico 4819310.15366/ria2024.m4.007Desacuerdos profundos y negociaciones metalingüísticas
https://revistas.uam.es/ria/article/view/19483
<p>Dado que en teoría de la argumentación es común aceptar que las disputas se pueden resolver argumentativamente, se espera que los desacuerdos hallen una resolución argumentativa, por lo general, a partir de creencias de fondo que se comparten. El problema es cómo resolverlos cuando éstos involucran proposiciones constitutivas de marcos teóricos o conceptuales diversos que dificultan y, a veces, imposibilitan una convergencia racional. A partir de un caso, como el del ‘naturalismo filosófico’, se argumenta que hay discusiones que se presentan como negociaciones metalingüísticas pero que involucran desacuerdos profundos, que no tienen por qué ser desacuerdos racionalmente irresolubles e, incluso, pueden llegar a ser beneficiosos. Los filósofos en una disputa pueden mejorar sus teorías incluso si están en desacuerdo, sin que, por ello, necesariamente se obstaculice el diálogo. Se podría considerar que en estos casos se trata de desacuerdos profundos virtuosos.</p>Mª Dolores García Arnaldos
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2024-06-202024-06-20Monográfico 49410510.15366/ria2024.m4.008Las garantías de Toulmin como proposiciones bisagra
https://revistas.uam.es/ria/article/view/19488
<p>Pretendo analizar el carácter de las garantías toulminianas (Toulmin, 1958) a la luz de las teorías wittgensteinianas sobre los contenidos bisagra. Las garantías funcionan como reglas prácticas que nos autorizan a considerar inicialmente justificado por algo otro contenido distinto. En términos de razones, las garantías funcionarían como reglas que expresarían tipos de contenido que, en un cierto momento y práctica, pueden considerarse razones para otros contenidos tipo. En la medida en la que determinadas prácticas argumentativas se apoyen en la asunción de alguna de dichas reglas, el carácter protegido contra el cuestionamiento de las mismas cobra sentido, aunque se tratará de una protección de carácter no absoluto, pero que permite distinguir prácticas en la que usamos ciertas garantías de prácticas en las que las desafiamos y cuestionamos o establecemos y justificamos (Wittgenstein, <em>SC</em> §407).</p>Paula Olmos
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2024-06-202024-06-20Monográfico 410611810.15366/ria2024.m4.009El particularismo en teoría de la argumentación
https://revistas.uam.es/ria/article/view/19489
<p>El objetivo de este trabajo es desarrollar las nociones de particularismo y generalismo en teoría de la argumentación. El generalismo es la tesis de que la posibilidad misma de argumentar depende de la existencia de reglas generales que establecen qué datos sustentan qué conclusiones, mientras que el particularismo es a negación de esa tesis. El problema es que a veces no está claro en qué consisten estas reglas y en qué sentido la argumentación depende de ellas. Para aclarar estas cuestiones, en primer lugar mostraré que el generalista puede defender su posición argumentando: (1) que la mayoría de las prácticas argumentativas son generalistas; (2) que es mejor argumentar apelando a reglas generales, y (3) que no es posible distinguir entre buenos y malos argumentos sin reglas generales. El particularista puede aceptar (1) y (2), pero no (3). El reto para el generalista es proponer una concepción de las reglas que apoye (3). En segundo lugar, distinguiré varias formas de entender las reglas generales utilizando los criterios de la función lógica y el alcance. Esto me permitirá explorar varias interpretaciones del generalismo y, a partir de ahí, proponer la versión más prometedora de la tesis particularista.</p>José Alhambra
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2024-06-202024-06-20Monográfico 411912910.15366/ria2024.m4.010Usos argumentativos de las preguntas retóricas
https://revistas.uam.es/ria/article/view/19490
<p>Las preguntas retóricas son preguntas que realiza el hablante cuya respuesta es obvia o no existe y, por lo tanto, el hablante realiza la pregunta sin la intención de recibir una respuesta. Es necesario realizar un análisis y ofrecer una explicación pragmática de cómo funcionan estas preguntas y cómo los hablantes las usamos. Desarrollo dos posibles explicaciones de cómo funcionan estas preguntas: una basada en teorías de actos de habla y otra basada en las intenciones de los hablantes y aplico la propuesta basada en la teoría de los actos de habla. Además, las preguntas retóricas pueden tener diferentes usos y objetivos. Diferencio dos usos: los usos conversacionales con el objetivo de modular la fuerza del mensaje del hablante y los usos argumentativos relacionados con la actividad de argumentar. Dentro de los usos argumentativos, distingo tres usos: la expresión de argumentos (premisas o conclusiones) y el uso de presuposiciones.</p>Miguel Ángel Prados Orgaz
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2024-06-202024-06-20Monográfico 413014210.15366/ria2024.m4.011Argumentos y relaciones semánticas de oposición
https://revistas.uam.es/ria/article/view/19491
<p>El objetivo de este trabajo es responder a cuestiones tales como cuál es la contribución de las relaciones semánticas de oposición en la producción de argumentos, cómo co-operan e interactúan dichas relaciones semánticas en la producción de textos argumentativos, entre las principales. Las relaciones léxicas que importan aquí son las denominadas <em>relaciones semánticas de oposición</em>, entre las que se encuentran la antonimia, la complementariedad y la inversión. Para responder a esas cuestiones y saber cuál es su contribución en la producción de argumentos, se tomó en cuenta si la relación semántica opera para establecer coherencia, si mediante la relación semántica se logra el establecimiento del tópico y si gracias a estas relaciones semánticas se proporciona continuidad temática. Como parte de los resultados se observó que estas relaciones indican una diferencia de opinión y, en otras ocasiones, una forma particular en que concebimos el mundo. </p>Raúl E, Rodríguez Monsiváis
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2024-06-202024-06-20Monográfico 414315510.15366/ria2024.m4.012Inferencias no tan lógicas: Perfección del condicional nuevamente
https://revistas.uam.es/ria/article/view/19492
<p>Esta investigación estudia las principales diferencias entre un contenido causal, uno neutral y otro arbitrario en interpretaciones bicondicionales en escenarios factuales. Nuestro objetivo es demostrar que las personas evalúan el contenido semántico de enunciados condicionales en lugar de seguir formulaciones lógicas al razonar con argumentos condicionales. El fenómeno de la <em>Perfección del Condicional</em> ocurre cuando las personas prefieren una interpretación bicondicional por sobre una condicional cuando el escenario así lo amerita, por esta razón hemos manipulado experimentalmente el contenido y los escenarios del enunciado para modular la aceptación de los argumentos condicionales tales como modus ponens, modus tollens, afirmación del consecuente y la negación del antecedente.</p>Juan E. Cortés AravenaRamón D. Castillo
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2024-06-202024-06-20Monográfico 415616810.15366/ria2024.m4.013Sobre la definición de los modelos estructurados incompletos de argumentación
https://revistas.uam.es/ria/article/view/19493
<p>Este artículo versa sobre cómo instanciar los modelos abstractos incompletos de argumentación en sistemas estructurados de argumentación, en concreto en ASPIC+. El objetivo fundamental del trabajo se motiva partiendo de argumentos generales en contra de la proliferación indiscriminada de los modelos abstractos en argumentación formal y la necesidad de estudiar sus instancias para evitar el modelado <em>ad-hoc</em> de ejemplos y descubrir posibles asunciones implícitas. El énfasis del trabajo es conceptual, mostrando cómo algunas asunciones que subyacen a los modelos abstractos incompletos no son del todo ciertas cuando se estudian los detalles de sus instancias.</p>Antonio Yuste Ginel
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2024-06-202024-06-20Monográfico 416918510.15366/ria2024.m4.014