@article{Miquel González_2016, title={Robo y hurto en el código civil: especialmente en los artículos 1956 y 1962}, url={https://revistas.uam.es/revistajuridica/article/view/6163}, abstractNote={<p><em>SUMARIO: </em>I. INTRODUCCIÓN.- II. LOS ARTÍCULOS 1771 Y 1784 RELATIVOS AL DEPÓSITO.- III. ROBO Y HURTO EN LOS ARTÍCULOS 1956 Y 1962. SU RELACIÓN CON LA EXPRESIÓN «PRIVACIÓN ILEGAL» UTILIZADA EN EL ARTÍCULO 464.- IV. LOS ORÍGENES FRANCESES DEL PROBLEMA.</p><p>I. INTRODUCCIÓN</p><p>El Código civil utiliza los términos «robo» o «hurto» en varios lugares con un valor que sólo en alguna ocasión ofrece verdaderas dificultades interpretativas. La cuestión consiste, por un lado, en si se utilizan en el sentido propio que tienen en el Derecho penal o, por el contrario, carecen de la precisión propia delos tipos penales, y, por otro, en si las normas civiles que los emplean pueden ser extendidas por analogía a otros delitos contra el patrimonio, como estafa y apropiación indebida. También habría que resolver otra cuestión, si se sostuviera la dependencia de la interpretación del Código civil respecto de los conceptos penales, consistente en si esa dependencia se comporta como remisión estática o dinámica. Mas para quienes sostenemos la posible independencia, en principio, de los términos usados en el Código civil, esa cuestión solamente se plantearía sien el supuesto concreto apareciera como necesaria la vinculación a los conceptos penales. En cualquier caso, parece que la evolución del Derecho penal no puede, ni debe, acarrear por sí sola un cambio de interpretación de las normas civiles que, por su parte, se mantengan sin variación y ajustadas a su propia ratio.</p>}, number={12}, journal={Revista Jurídica Universidad Autónoma de Madrid}, author={Miquel González, J. M.}, year={2016}, month={ago.} }